Este miércoles, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que fortalece y moderniza el sistema de inteligencia del Estado, tras aprobar el informe de la comisión mixta.
La iniciativa fue aprobada por 107 votos a favor y tres abstenciones.
El proyecto de ley tiene como objetivo regular el sistema de inteligencia del Estado, tanto en su funcionamiento como en sus mecanismos de control, con el fin de afrontar los riesgos, amenazas y agresiones que puedan afectar la seguridad nacional.
✅ A LEY | La Cámara aprueba el proyecto que otorga titularidad en el cargo a profesionales de la educación que se hayan desempeñado a contrata por el lapso que indica.
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) January 28, 2026
¿Qué regula este proyecto de ley?
La normativa establece que quienes integren el sistema de inteligencia no podrán realizar labores ni utilizar herramientas de inteligencia o contrainteligencia para fines distintos a los definidos por la ley.
El sistema de inteligencia del Estado estará integrado por:
- La Agencia Nacional de Inteligencia (ANI).
- La Dirección de Inteligencia de la Defensa del Estado Mayor Conjunto.
- Las direcciones de inteligencia de las Fuerzas Armadas.
- Las direcciones o jefaturas de inteligencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
Además, se incorporan como organismos colaboradores la Agencia Nacional de Ciberseguridad, Gendarmería, la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y los servicios de Aduanas y de Impuestos Internos. También colaborará la Secretaría General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Por otro lado, la ley norma el accionar de las Fuerzas Armadas y de Orden en materia de inteligencia, incluyendo la definición de sus objetivos.
La Sala de la @Camara_cl despachó a ley el proyecto que moderniza el sistema de inteligencia del Estado, que permitirá establecer una nueva institucionalidad en la materia y mejorar la capacidad del país para enfrentar el crimen organizado y el terrorismo ✅. pic.twitter.com/hpmnKPT7bI
— Ministerio del Interior (@min_interior) January 28, 2026
Otra dimensión relevante es la regulación de los métodos de obtención de información, donde se definen los organismos obligados a entregarla, el tratamiento de datos personales y sensibles y el manejo de información secreta.
Asimismo, se establecen los procedimientos para las autorizaciones judiciales en este ámbito, junto con las sanciones para quienes vulneren los mecanismos y límites fijados por la normativa.
En cuanto a la fiscalización, el control externo corresponderá a la Contraloría General de la República (CGR), los tribunales de justicia y la Cámara, dentro de sus respectivas competencias. Tanto este control como las actuaciones, registros y documentos que de él emanen tendrán carácter secreto.
Finalmente, la ley ordena a los comandantes en jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea elaborar e implementar un sistema de auditoría en cada institución, destinado a registrar las declaraciones de patrimonio e intereses de los funcionarios que determinen. Junto a ello, se establecen normas de denuncia frente a eventuales irregularidades o delitos.
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