El fiscal regional Metropolitano Centro Norte, Xavier Armendáriz, junto al fiscal adjunto jefe del Ministerio Público, Francisco Jacir, formularon la acusación contra el exsubsecretario del Interior Manuel Monsalve —imputado por delitos sexuales— ante el Séptimo Juzgado de Garantía, tras el cierre de la investigación el pasado 11 de diciembre.
En relación con los hechos ocurridos los días 22 y 23 de septiembre de 2024, en una habitación del Hotel Panamericano, ubicado en la comuna de Santiago, y que afectaron a una funcionaria de Gobierno, el Ministerio Público sostuvo que, a su juicio, los hechos configuran los delitos de violación y abuso sexual.
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Penas solicitadas
En concreto, el Ministerio Público solicitó que el acusado sea condenado a las siguientes penas:
- Diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, en calidad de autor del delito de violación de mayor de 14 años.
- Cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo, en calidad de autor del delito de abuso sexual de mayor de 14 años.
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Medios probatorios
Respecto de los medios probatorios reunidos durante la investigación, el Ministerio Público indicó que cuenta con 89 testigos, entre los que destacan la declaración de la denunciante, además de las exministras Ana Lya Uriarte y Carolina Tohá, así como del Presidente Gabriel Boric.
A ello se suman cerca de 105 pruebas documentales, entre las que figura un oficio reservado emitido en su momento por el entonces subsecretario del Interior, Luis Cordero; el detalle de horarios, montos de consumo y formas de pago en el restaurante Ají Seco Místico; y el listado de pasajeros del Hotel Panamericano.
En el escrito de acusación, el Ministerio Público señaló: “Solicito a US. se tenga por interpuesta acusación criminal en contra de Manuel Monsalve, ya individualizado, en calidad de autor de los delitos de violación de mayor de 14 años y de abuso sexual de mayor de 14 años, ambos en grado de desarrollo consumado, solicitando que esta se le notifique al acusado, como también a los demás intervinientes de la causa, y se les cite a todos ellos a audiencia de preparación del juicio oral, de conformidad a lo establecido en los artículos 260 y siguientes del Código Procesal Penal”.
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