La justicia condenó al Colegio San Lázaro de La Salle a pagar más de 30 millones de pesos a una familia por el bullying homo/transfóbico sufrido por una estudiante de 12 años al interior del establecimiento, hechos ocurridos en 2019. El fallo fue dictado por el 17° Juzgado Civil de Santiago, tras una demanda asesorada por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).
La jueza Rocío del Pilar Pérez Gamboa ordenó al sostenedor del colegio, la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, indemnizar con $30.051.900 por concepto de daño emergente y daño moral, tanto a la madre como a la menor afectada. En detalle, el tribunal fijó “$51.900 por concepto de daño emergente; $10.000.000 por el daño moral sufrido” por la madre y “$20.000.000 por el daño moral” sufrido por su hija.
Desde el Movilh calificaron el fallo como un precedente relevante. “Uno de los fallos más relevantes en materia de protección de derechos de estudiantes LGBTIQ+ porque junto con reconocer el daño causado por un prolongado y brutal hostigamiento escolar, rechazó de manera categórica un insólito argumento de defensa”, señaló la abogada Claudia Castañeda.
La sentencia acreditó que el establecimiento no activó de manera adecuada sus protocolos frente al acoso escolar, incumpliendo sus deberes de protección. En ese sentido, el tribunal sostuvo que “el acoso escolar es un hecho generador de responsabilidad civil cuando produce un daño”, agregando que el colegio “incumplió con sus deberes” al no garantizar la integridad física y psíquica de la estudiante.
Uno de los episodios más graves ocurrió el 1 de agosto de 2019, cuando cerca de 20 estudiantes persiguieron a la niña tras insultarla por su expresión de género. En el fallo, la madre relató que su hija fue tratada reiteradamente de “maricón”, “marica”, “vaquita”, “gordita”, además de sufrir agresiones físicas y humillaciones constantes.
El tribunal también rechazó la defensa del establecimiento, que intentó responsabilizar a la madre por haber matriculado a su hija en un colegio católico. Al respecto, la jueza resolvió que dicha alegación “solo pretende perpetuar estándares y patrones de conducta y de género, que al alero de la normativa existente no son admisibles”.
Desde el Movilh concluyeron que el fallo “establece un precedente relevante para todos los establecimientos educacionales del país”, recalcando que la violencia homo/transfóbica constituye una grave vulneración de derechos y genera responsabilidad jurídica.
Lo más leído
- Con homenaje a Frida Kahlo: Así fue el paso de Meryl Streep y Anne Hathaway por México en la promoción de “The Devil Wears Prada 2”
- El regreso de Celine Dion a los escenarios: La cantante ofrecerá 10 conciertos en París
- Taylor Swift enfrenta una demanda por presunto plagio en 'The Life of a Showgirl'
- Donald Trump ofrecerá una “actualización importante” sobre Irán en un discurso este miércoles 1 de abril
- "Pedirle la renuncia de esta manera no es empático": Diputadas del PDG emplazan al Gobierno por salida de directora de SernamEG